Convoca: Consellería de Economía, Emprego e Industria

Objeto: As subvencións reguladas por estas bases teñen por obxecto a concesión de subvencións para a mellora de imaxe, modernización, establecemento de novas fórmulas e medios de comercialización no sector comerciante retallista e artesanal galego.

Plazo: 18 de febrero de 2016

Entidades beneficiarias: Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituídas, así como las federaciones de comerciantes y las asociaciones profesionales de artesanos.

Haz clic : SUBVENCIONES AL SECTOR DEL PEQUEÑO COMERCIO Y AL ARTESANAL

Destacamos las siguientes actuaciones subvencionables, entre otras, siempre que estas sean realizadas y efectivamente pagadas desde el 1 de enero de 2016 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 19. :

1) Para las/los pequeños comerciantes:

a) Acondicionamento del local comercial . Máximo subvencionable será de 10.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 40 %.

b) Medidas orientadas a la mejora de la imagen exterior y adquisición de muebles y equipamiento dedicado al desarrollo de la actividad comercial y para uso exclusivo en la superficie de venta. Máximo subvencionable será de 5.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 40 %.

2) Para las/los titulares de talleres artesanales:

a) Sistemas de etiquetas inteligentes. Máximo subvencionable será de 6.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 50 %.

3) Para las/los pequeños comerciantes o titulares de talleres artesanales:

a) Herramientas o programas informáticos que mejoren la gestión del establecimiento/taller y el diseño de sus productos. Máximo subvencionable será de 4.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 50 %.

b) Desarrollo e implantación de soluciones de empaquetado e etiquetado dirigido a mejorar la logística y la comercialización del producto y el diseño de su presentación. Máximo subvencionable será de 5.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 50 %.

c) Nuevos sistemas de comercialización que combinen el comercio online y offline, la implantación y actualización de páginas web o aplicaciones para dispositivos móviles. Máximo subvencionable será de 6.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 50 %.

d) Páginas web comerciales. Máximo subvencionable será de 1.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 50 %.

e) Nuevos sistemas de comercialización e información al consumidor que impliquen la utilización de las redes sociales para la venta. Máximo subvencionable será de 8.000 €, IVE excluído, y el porcentaje de subvención del 50 %.

Los beneficiarios podrán solicitar una actuación por cada epígrafe y la inversión máxima subvencionable por beneficiario será de: para pequeños comerciantes 39.000 € (IVE excluido) y para las/os titulares de talleres artesanales 30.000 € (IVE excluido) y el porcentaje de subvención que se especifica en cada epígrafe.