Ayudas del Programa Aprol Economía Social 2025
El Diario Oficial de Galicia publica hoy la convocatoria 2025 de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración para fomentar el empleo y mejorar la competitividad en cooperativas y sociedades laborales. Con un presupuesto de 5 millones de euros, se espera que el programa Aprol de Economía Social beneficie a alrededor de 170 entidades y promueva la incorporación de 325 socios, consolidando un ecosistema económico de crecimiento sostenible que apueste por el emprendimiento y el empleo de calidad, al tiempo que contribuya a vertebrar el territorio y fijar población en el medio rural.
El programa —cuyo plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 17 de febrero al 16 de septiembre de 2025— cuenta con dos líneas compatibles entre sí :
- el primero con ayudas directas a cooperativas y sociedades laborales para que incorporen, sobre todo, a personas desempleadas;
- y del segundo podrán beneficiarse todos aquellos que se incorporen a una de estas entidades como socio o trabajador fijo o que se incorporen tras haber iniciado su propio negocio. En este último caso, el apoyo es compatible con el resto de líneas de fomento del emprendimiento del Ministerio de Empleo, Comercio y Emigración.
Como novedad, en esta nueva convocatoria la Xunta aumenta de dos a tres años el periodo de permanencia como cooperativa o sociedad laboral exigido a las entidades beneficiarias, con el objetivo de asegurar su prestación en el ámbito del trabajo autónomo en el tiempo. Para consolidar el empleo de calidad, también deberá mantenerse durante tres años el incremento del empleo indefinido y del número de socios trabajadores fijos comprometidos con las solicitudes presentadas y aprobadas.
Detalles del programa Aprol Economía Social 2025
El importe base de la ayuda en cada línea asciende a 6.000 euros . En el caso del primero, podrán solicitarlo las cooperativas y sociedades laborales que incorporen socios o trabajadores con contrato indefinido, siendo los beneficiarios finales los socios en prueba desempleados, los trabajadores a jornada completa o los eventuales que se incorporen.
Por su parte, el segundo programa está dirigido a las personas que acceden a la condición de socios de una cooperativa o de una sociedad laboral con carácter indefinido con el fin de facilitar su aportación al capital social y fortalecer el emprendimiento en el ámbito de la economía social, siempre que previamente estuvieran desempleados, fueran socios a prueba en las entidades a las que se adhieran, estuvieran asalariados en ellas o en otras empresas que posteriormente se transformen en cooperativas o sociedades laborales. También podrán ser beneficiarios las personas que, estando desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, realicen una actividad por cuenta propia y se afilien a una cooperativa como socios con carácter exclusivo. En ambas líneas, la orden contempla incrementos acumulativos de las ayudas del 25% si los beneficiarios finales son mujeres, personas con discapacidad, mayores de 45 años, migrantes retornados o trans. También si las entidades tienen su sede en zonas rurales, si son cooperativas juveniles o de nueva creación que cuenten con cuatro o más socios.
Objetivo del Programa de Economía Social Aprol
Promover la incorporación de personas desempleadas y trabajadores eventuales a cooperativas y sociedades laborales. Para ello se han establecido dos programas de ayuda:
- Programa I : Promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales.
- Programa II: Promoción del acceso a la condición de miembro.
PROGRAMA I , Podrán beneficiarse de estos incentivos las cooperativas y sociedades laborales que incorporen socios trabajadores o trabajadores , en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, con carácter indefinido o de prueba .
- De personas desempleadas.
- De las personas vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral mediante un contrato de trabajo temporal.
- De los miembros en período de prueba.
- De las personas asalariadas de una empresa que se transforma en cooperativa o sociedad laboral, siempre que no fueran socios de la empresa transformada.
La incorporación podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
PROGRAMA II , Podrán acogerse a este programa las personas que accedan a la condición de socio trabajador o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral con duración indefinida, mediante la financiación de sus aportaciones económicas al capital social , que desarrollen su actividad en un centro de trabajo situado en Galicia y que, en el momento de su incorporación, sean:
- Personas desempleadas.
- Personas que son miembros de la cooperativa a la que se afilian.
- Personas asalariadas de la cooperativa o sociedad laboral a la que se afilien.
- Las personas asalariadas de una empresa que se transforma en cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socios de la empresa transformada.
- Socios trabajadores o en activo de una cooperativa o sociedad de trabajo a tiempo parcial que acceden al mismo estatus de tiempo completo.
Entidades beneficiarias
- Cooperativas y sociedades laborales para las acciones del programa I.
- Personas desempleadas, socios o trabajadores de cooperativas o sociedades laborales u otras empresas que se transformen en éstas, para las acciones del programa II.
Ejecución de acciones
El periodo de ejecución es: Del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025 .
Fecha límite de solicitud
El plazo para presentar solicitudes estará abierto del 17 de febrero al 16 de septiembre de 2025, o hasta agotar el crédito.
Recordar
Desde la Unión Cooperativa EspazoCoop prestamos asesoramiento y orientación en la tramitación de estas subvenciones.
Estamos a su disposición para brindarle servicios gratuitos de apoyo en la implementación de proyectos empresariales bajo el régimen de cooperativa.
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