Aún está abierto el plazo de solicitud de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas gallegas retornadas, la fecha límite es el 30 de septiembre de 2015. Y entre otras fórmulas, se apoya el establecimiento como socio/a trabajador/a de cooperativas de trabajo.
Objeto: Las ayudas están convocadas por la Secretaría Xeral de Emigración, y el objeto es subvencionar los gastos que lleva consigo el establecimiento como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, o como socias trabajadoras de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado.
Gastos subvencionables: gastos de notaría y registro, servicios de profesionales, tasas, licencias administrativas, gastos derivados del desarrollo e implantación de la página web y de la pasarela de pagos para la realización de ventas en línea, publicidad y propaganda, primas de seguros, alquiler de local, de maquinaria y de equipamientos informáticos y subministración de servicios imputables al desarrollo de la actividad (calefacción, agua, electricidad, telefonía e internet), generados hasta la finalización del plazo de justificación recogido en la resolución. Quedan excluídos del ámbito de aplicación de esta resolución los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
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